Resulta inadmisible la iniciativa del Senador Roy Barreras, quien pretende propiciar una reforma a la Ley Estatutaria de Mecanismos de Participación.
Resulta inadmisible la iniciativa del Senador Roy Barreras, quien pretende propiciar una reforma a la Ley Estatutaria de Mecanismos de Participación, para eliminar la exigencia del umbral mínimo para la aprobación del plebiscito que viene proponiendo para refrendar la Paz.
¿Será una iniciativa inconsulta? ¡Lo dudo! Pretender que ya no se requiera contar con la participación de por lo menos 17 millones de colombianos –el 50% del total del censo electoral en Colombia- para refrendar o no los acuerdo de La Habana, es una audacia habilidosa por no decir que tramposa.
Pretender dicha reforma, es un despropósito, toda vez que la Paz sí requiere umbral, tanto para aprobar los acuerdos generales, como para aprobar o improbar su contenido. Es necesario motivar la participación e inclusión efectiva de la sociedad en el proceso, pues una ratificación a espaldas del pueblo colombiano le quitaría legitimidad y sostenibilidad a lo acordado.
De hecho, debe convertirse en un reto que la terminación del conflicto y la transición hacia la paz de Colombia logren combatir la tradicional abstención, que quizás no es señal de indiferencia tanto como de desconfianza en las reglas de juego y este cambio abrupto de las reglas de juego , sin duda genera motivos para desconfiar.
Mi recomendación para el Gobierno Nacional, es que en lugar de gastar tanto dinero en publicidad política para alimentar vanidades, se enfoque en el análisis nacional, socialización y divulgación del contenido de los acuerdos. Si el acuerdo es bueno, el país habrá de refrendarlo, pero si las concesiones que han recibido las FARC y lo pactado en La Habana supera con creces lo que recibe el pueblo colombiano en materia de verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición, habrá que hacer el debate amplio y sincero de la relación costo -beneficio, antes que pretender soslayar el referendo que cumpla las mayorías constitucionales requeridas.
La buena intención no puede ser óbice para permitir a los colombianos el pleno conocimiento e información que permita tomar la mejor decisión.
No es legítimo que una minoría tome decisiones trascendentales para el país máxime cuando afectarán de manera trascendente a las generaciones venideras de colombianos y mucho menos, que la refrendación quede expuesta a la manipulación de defensores de oficio o de críticos irreconciliables del proceso.
La refrendación de los acuerdos es una oportunidad valiosa para la construcción de la Paz verdadera y por ello debe hacerse bajo los mecanismos constitucionales de los que dispone Colombia, rescatando el referendo como la mejor alternativa para invitar al pueblo colombiano a conocer e indagar acerca de los diálogos para que se pronuncie democráticamente frente a los contenidos de la negociación.
Eso, ni más ni menos, es lo que esperamos y exigimos en un sistema democrático en el que las normas y el Estado de derecho constituyen el marco de funcionamiento del sistema y por tanto, no se ajustan ni se amplían a la medida del príncipe.